CONVIENE DIFERENCIAR LOS SEGUROS OBLIGATORIOS DE LOS SEGUROS VOLUNTARIOS
Si una actividad genera riesgos, conviene prevenir con un seguro

La evolución social y cultural ha producido una diversificación y ampliación del riesgo en la realización de determinadas actividades… ¿Existe una obligación legal de asegurarse en todos los ámbitos?
Conviene diferenciar, por un lado, los seguros obligatorios, que responden a un criterio de riesgo, que vienen determinados por una ley, un reglamento o derivados de un convenio colectivo, directamente relacionados con las personas en sí o con la ejecución de alguna actividad profesional, y por otro lado, los seguros voluntarios que responden a la concepción clásica de la responsabilidad por culpa, regulada en el Artículo 1.902 del Código Civil. Tribunal del Derecho El Economista.
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