CONVIENE DIFERENCIAR LOS SEGUROS OBLIGATORIOS DE LOS SEGUROS VOLUNTARIOS

Si una actividad genera riesgos, conviene prevenir con un seguro

CONVIENE DIFERENCIAR LOS SEGUROS OBLIGATORIOS DE LOS SEGUROS VOLUNTARIOS

La evolución social y cultural ha producido una diversificación y ampliación del riesgo en la realización de determinadas actividades… ¿Existe una obligación legal de asegurarse en todos los ámbitos?

Conviene diferenciar, por un lado, los seguros obligatorios, que responden a un criterio de riesgo, que vienen determinados por una ley, un reglamento o derivados de un convenio colectivo, directamente relacionados con las personas en sí o con la ejecución de alguna actividad profesional, y por otro lado, los seguros voluntarios que responden a la concepción clásica de la responsabilidad por culpa, regulada en el Artículo 1.902 del Código Civil. Tribunal del Derecho El Economista.

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